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viernes, 27 de abril de 2012
ETICA DE LA ADOPCION DE MENORES. DERECHOS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE LEGISLACION EN EL PERU
La adopción, es el hermoso acto de brindar un hogar que respete los derechos e integridad de un niño declarado judicialmente en condición de abandono. Sin duda, es una decisión muy importante que establece un fuerte vínculo afectivo y legal con el hijo o hija. No se trata simplemente de darle un hijo a una familia. La adopción es un encuentro entre el niño en su necesidad y los padres en su deseo.
Según las estadísticas, en el 2007, de las 251 adopciones otorgadas en Perú, 144 fueron hechas a personas residentes en el extranjero. El proceso de adopción en Perú, que es gratuito y no requiere de un abogado, tiene un tiempo de espera promedio de 4 años luego de haber sido declarado “apto” el adoptante. La razón de ello es que si bien sabemos que en Perú hay muchos niños sin hogar o que viven en hogares inadecuados, la declaración de Niño o adolescente en condición o estado de abandono corresponde al Poder Judicial, que como se sabe tiene una abundante carga judicial.
Es la Secretaría Nacional de Adopciones (SNA), órgano descentralizado del Ministerio de La Mujer y Desarrollo Social, y que depende del Viceministerio de la Mujer, el que tiene la misión de integrar a niñas, niños y adolescentes declarados en estado de abandono con familias adoptivas debidamente evaluadas.
LEY No. 27337- LEY QUE APRUEBA EL NUEVO CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
El nuevo Código de Niño y Adolescentes -Ley 27337 - ratifica la necesidad de contar con este tipo de servicio que enfrenta a todo un panorama de problemas recogidos en el Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2002-2010. Y al igual que el Código anterior, señalan que las Defensorías son parte del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente (SNAINA).
A partir de 1996, el entonces Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH), se convierte en el Ente Rector de este Sistema. Y desde aquella fecha, el PROMUDEH, hoy Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social del Perú (MIMDES), a través de la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes (DINNA), y especialmente de la Sub Dirección de Defensorías (SDD), es la autoridad central del servicio de Defensorías del Niño y del Adolescente a nivel nacional.
Existen en todo el territorio nacional 2,080 Defensorías del Niño y del Adolescente que funcionan en distintas instituciones promotoras.
Las funciones de las Defensorías del Niño y del Adolescente se llevan a cabo a través de tres tipos de labores: la Promoción, Defensa y Vigilancia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Por otro lado, el artículo 45 del Código de los Niños y Adolescentes señala las siguientes funciones específicas:
· Conocer la situación de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas o privadas;
· Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos para hacer prevalecer el principio del interés superior;
· Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar conciliaciones extrajudiciales entre conyugues, padres y familiares sobre alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que no existan procesos judiciales sobre estas materias;
· Conocer de la colocación familiar;
· Fomentar el reconocimiento voluntario de la filiación;
· Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan;
· Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas, siempre que no existan procesos judiciales previos;
· Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes.
Los niños, niñas y adolescentes, familiares o cualquier persona que conozca de una situación o problema que atente contra los derechos de los niños, niñas y adolescentes puede acudir a una Defensoría del Niño y del Adolescente.
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Me parece un magnifico resumen pero hay que actualizarlo con la dacion de nuevas leyes por ejemplo ahora existe el Ministerio de la Mujer y poblaciones Vulnerables la que tiene a cargo las adopciones que son aprobadas en la Dirección Gneral de adopciones
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